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15 Jan 2024

Novedades tributarias para 2024

I. ADAPTACIÓN Y DIGITALIZACIÓN EN EL PANORAMA FISCAL ESPAÑOL. CLAVES PARA UNA GESTIÓN FISCAL EFECTIVA

¡Año nuevo, nuevos retos! En este 2024, las empresas españolas, especialmente PYMES y autónomos, deben prepararse para cambios significativos en la legislación fiscal. El Real Decreto 1007/2023, efectivo desde diciembre de 2023, ha introducido reformas cruciales en los sistemas de facturación y contabilidad, alineándose con estrategias de digitalización y lucha contra el fraude fiscal. En este artículo vamos a explorar cómo estas modificaciones afectarán a las empresas y ha proporcionaros una guía práctica para su adaptación.

Novedades Impuestos 2024: Un Cambio Crucial para Empresas y Profesionales

¿Alguna vez te has preguntado cómo las nuevas leyes fiscales podrían afectar tu negocio o tus obligaciones como profesional? El 2024 ha traído consigo cambios significativos que podrían transformar la forma en que gestionas tus facturas. Pero, ¿qué es exactamente lo que ha cambiado y cómo te afectará? Sigue leyendo para descubrirlo.

El Real Decreto 1007/2023 ha dado lugar al nacimiento del Reglamento Veri*factu, una normativa que redefine el panorama de la facturación electrónica. Este reglamento no solo establece estándares más altos para la integridad y seguridad de los registros de facturación, sino que también marca un hito en la transparencia y trazabilidad fiscal.

¿Quiénes están afectados?

Si eres parte de una empresa que desarrolla sistemas de facturación o si eres un contribuyente que se acoge a ciertos impuestos, este reglamento te concierne directamente. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, aquellos bajo el régimen del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con actividades económicas, y los del Impuesto sobre la Renta de no Residentes son algunos de los principales afectados.

La implementación de este reglamento se realizará en dos fases, dependiendo de tu volumen de facturación. Si tu empresa factura más de ocho millones de euros anualmente, prepárate para adaptarte a estos cambios antes que los demás.

Además de los cambios en la facturación, hay aspectos técnicos específicos que aún están en desarrollo. Estos podrían incluir nuevas funcionalidades o requerimientos de seguridad que deberás implementar en tus sistemas de facturación.

El Reglamento Veri*factu no es un ente aislado. Está estrechamente relacionado con el proyecto de Reglamento de factura electrónica B2B, que actualmente está siendo evaluado. Esta conexión sugiere que podríamos estar al borde de una revolución en la facturación electrónica entre empresas.

¿Qué Significa Esto para Ti?

Si manejas una empresa o eres un profesional independiente, es crucial que estés al tanto de estos desarrollos. Las facturas electrónicas no solo son una cuestión de comodidad; se están convirtiendo en una exigencia legal con implicaciones importantes.

Entonces, ¿cómo puedes prepararte para estas novedades en los impuestos 2024? Aquí van algunos consejos prácticos:

  1. Educa a tu equipo: Asegúrate de que tu equipo esté al tanto de estos cambios y entienda su impacto.
  2. Evalúa tus sistemas actuales: Revisa tus sistemas de facturación actuales y determina si necesitan ser actualizados o reemplazados.
  3. Consulta a expertos: Considera la posibilidad de buscar asesoramiento profesional para asegurarte de que estás completamente preparado para estos cambios.
  4. Mantente actualizado: Las leyes fiscales pueden cambiar rápidamente, así que mantente informado sobre cualquier nueva actualización.


La llegada del Reglamento Veri*Factu y los cambios en el Reglamento de factura electrónica B2B representan un desafío, pero también una oportunidad. Adaptándote a estos cambios, no solo estarás cumpliendo con la ley, sino también mejorando la eficiencia y seguridad de tus procesos de facturación.


 II. FISCALIDAD DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS. RÉGIMEN DE LOS INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO.

La publicación del Real Decreto-ley 6/2023, el 20 de diciembre de 2023 ha supuesto la modificación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, sobre el régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y los incentivos fiscales al mecenazgo, con efecto desde el 1 de enero de 2024.

Cambios en los requisitos para entidades sin ánimo de lucro:

  • Se reconoce la defensa de los animales como un objetivo de interés general.
  • Se especifica que las rentas pueden utilizarse tanto de manera directa como indirecta para alcanzar los fines de interés general de estas entidades.
  • No se considerará remuneración los seguros de responsabilidad civil contratados para patronos, representantes estatutarios o miembros del órgano de gobierno de las entidades sin fines lucrativos.

Actualizaciones en el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos:

  • Se eximen del Impuesto sobre Sociedades las rentas obtenidas en actividades de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social y en la educación de individuos con altas capacidades.
  • Las rentas derivadas de actividades de investigación y desarrollo, así como de innovación tecnológica, se considerarán exentas, siempre que cumplan con la definición de I+D del artículo 35 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades.
  • Las transmisiones de terrenos y la constitución o transmisión de derechos reales limitativos sobre estos, realizadas por entidades sin fines lucrativos, estarán exentas del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Modificaciones en el régimen fiscal de donaciones y aportaciones:

  • Se considerarán deducibles la cesión de uso de bienes muebles o inmuebles sin contraprestación y por tiempo determinado, y los donativos o aportaciones simbólicas cuyo valor no exceda el 15% del total o 25.000 euros.
  • En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se aumenta el límite del micromecenazgo de 150 a 250 euros, elevando al 40% la deducción sobre el exceso de esta cantidad. Si se realizan donativos por tres años consecutivos a la misma entidad, con importes iguales o superiores al año anterior, el porcentaje de deducción aumenta al 45%.
  • En el Impuesto sobre Sociedades, el porcentaje de deducción sube al 40%, y al 50% si se cumplen condiciones similares a las del IRPF. El límite deducible se incrementa al 15% de la base imponible del período impositivo.

Estas novedades tributarias son más que simples cambios legislativos; son una oportunidad para modernizar y mejorar nuestras prácticas comerciales. ¿Estás list@ para este cambio?

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