Conducir sin licencia en España: ¿afecta a tu solicitud de residencia? 2026
Conducir sin licencia en España: ¿afecta a tu solicitud de residencia?
Una de las dudas más frecuentes entre personas extranjeras en España es esta:
“Si he conducido sin licencia, ¿puede afectar a mi solicitud de residencia o regularización?”
La respuesta corta es: depende del caso concreto.
La respuesta correcta es la que te explicamos a continuación.
Conducir sin licencia en España: no todos los casos son iguales
En España, conducir sin licencia puede tener consecuencias muy distintas según la situación:
No es lo mismo no tener nunca carnet, que tener un carnet extranjero no válido en España, o haber tenido un carnet válido, pero haber superado el plazo legal para conducir con el mismo
Y esta diferencia es clave cuando hablamos de extranjería y residencia. Son supuestos diferentes.
SUPUESTO 1: Conducir sin licencia como infracción administrativa
Es el caso más habitual; y curre, por ejemplo, cuando:
- Se conduce con un carnet extranjero que no es válido en España
- Se tuvo en su momento un carnet extranjero válido en España, pero ya han pasado más de 6 meses desde la obtención de la residencia normal** y no se ha realizado el canje o examen correspondiente
Las consecuencias habituales son, la ocurrencia de una multa administrativa y/o la posible inmovilización del vehículo, pero NO genera antecedentes penales, ya que no constituye un delito
Esto implica que, si te encuentran conduciendo en estas circunstancias, tus solicitudes en curso o las que posteriormente hicieras, no deberían verse afectadas por esta razón.
¿Existen carnets de conducir extranjeros válidos para usarse en territorio español?
La respuesta corta es que sí; pero existen matices que es importante precisar:
Una persona extranjera puede conducir en España con su carnet extranjero durante los primeros 6 meses desde que obtiene residencia normal. Pasado ese plazo, Solo podrá seguir conduciendo si:
a) Ha canjeado su carnet (si existe convenio), o
b) Ha obtenido un carnet español.
Importante: El plazo de 6 meses empieza a contar desde la obtención de la residencia normal, no desde la entrada en España
Ahora bien: ¿Qué se entiende por RESIDENCIA NORMAL para estos casos?
No confundir con la residencia que te conceden cuando obtienes un permiso en materia de extranjería, es decir, tu situación administrativa.
La residencia normal se encuentra establecida en la "Disposición adicional segunda" , del Real Decreto 818/2009, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
Esta normativa establece que la "Residencia Normal"
"Disposición adicional segunda. Residencia normal.
A efectos de la aplicación del presente reglamento se entenderá por «residencia normal» el lugar en el que permanezca una persona habitualmente, es decir, durante al menos ciento ochenta y cinco días por cada año natural, debido a vínculos personales y profesionales, o, en el caso de una persona sin vínculos profesionales, debido a vínculos personales que indiquen una relación estrecha entre dicha persona y el lugar en el que habite."
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