El pasado martes 27 de enero, se aprobó una regularización extraordinaria de extranjeros en España, modificando el actual Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024).
Nueva Disposición Transitoria establecerá nuevas vías de regularización extraordinaria para personas extranjeras que ya se encuentran en España.
Aunque el texto todavía no ha sido aprobado de forma definitiva, su contenido permite anticipar qué perfiles de personas podrían beneficiarse, qué requisitos generales se plantean y qué conviene tener en cuenta desde ahora.
La norma busca:
- Aportar mayor seguridad jurídica
- Evitar situaciones de exclusión prolongada
- Reconocer situaciones familiares, laborales o de vulnerabilidad ya existentes
Aunque habrá que esperar al texto definitivo, el borrador apunta principalmente a dos grandes perfiles:
Podrían acceder a una autorización de residencia por arraigo aquellas personas que:
1. Hayan solicitado protección internacional antes del 31 de diciembre de 2025.
2. Se encuentren en España.
3. Carezcan de antecedentes penales.
También se prevé una autorización excepcional “única” para personas que:
1) Se encuentren en España antes del 31 de diciembre de 2025.
2) Acrediten una permanencia continuada mínima.
3) Carezcan de antecedentes penales relevantes.
Un aspecto importante es que la permanencia en España podría acreditarse, no solo con el empadronamiento del solicitante, sino con cualquier prueba válida en derecho, lo que amplía notablemente las posibilidades probatorias. Estas pruebas pueden ser, por ejemplo, constancias de citas médicas, envíos de dinero enviados desde España, abonos en el transporte público, inscripción en el gimnasio, entre otros.
El borrador prevé que la presentación de la solicitud pueda:
1) Suspender procedimientos de retorno
2) Paralizar la ejecución de determinadas decisiones administrativas
3) Siempre que dichas decisiones se basen exclusivamente en:
* Estancia irregular
* Trabajo sin autorización administrativa
* Cada caso debe analizarse de forma individual.
| OJO: LA PRESENTE INFORMACIÓN SE BASA EN UNA NORMA QUE AÚN ESTÁ EN TRÁMITE, Y NO HA SIDO APROBADA NI HA ENTRADO AÚN EN VIGOR. EL TEXTO DEFINITIVO SERÁ PUBLICADO EN LOS PRÓXIMOS MESES POR LO QUE ES IMPORTANTE ESTAR PREPARADOS Y PREVENIDOS PARA ALGUNOS CAMBIOS Y/O ADECUACIONES. |
Aunque la regularización apunta a ser amplia, no todos los casos encajan automáticamente.
Un error frecuente es iniciar trámites sin valorar primero:
- La existencia de antecedentes.
- Procedimientos previos que ya se tengan en curso.
- Si el extranjero cumple los requisitos para acogerse a vías alternativas más seguras para su caso particular.
En RV Legal seguimos de cerca la evolución normativa y analizamos cada situación de forma personalizada, con un enfoque preventivo, realista y estratégico.
Si crees que esta regularización podría afectarte a ti o a un familiar, te recomendamos consultar tu caso antes de iniciar cualquier trámite.

